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Agenda

Vivienda lanza una calculadora para conocer cuánto puede subir el alquiler según el contrato

Para un alquiler de 1.000 euros al mes, el alza sería de hasta 24 euros al mes si se usara el IPC y de 22 euros con el nuevo índice

03/01/2025 Toledodiario - Europa Press

Imagen de archivo de la puerta de entrada de una vivienda / Imagen de archivo: Europa Press

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha lanzado una herramienta web informativa para que arrendadores y arrendatarios conozcan cuál es el precio máximo al que puede actualizarse la renta del alquiler en virtud del contrato de arrendamiento acordado.

Esta herramienta se pone a disposición de los ciudadanos después de que este el Instituto Nacional de Estadística (INE) publicara la primera estadística que establece el porcentaje al que se incrementarán los contratos de alquiler que tengan que actualizar su renta y que hayan sido firmado tras la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la vivienda, en mayo de 2023.

De esta manera, según ha publicado el INE, el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler se situó en el 2,20% interanual el pasado mes de noviembre, por lo que los contratos de alquiler que vayan a actualizar su renta a partir de 2025 deberán usar ya este nuevo índice creado por el INE, que se publicará de manera mensual.

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Sin embargo, si el contrato fuera anterior a mayo de 2023, la anualidad del contrato se revalorizará usando el Índice de Precios al Consumo (IPC) o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), según conste en el contrato de alquiler firmado.

Si la revalorización se hiciera usando el IPC, el incremento en la renta del alquiler sería del 2,4%, que es el porcentaje de variación de noviembre. En cambio, si se hiciera usando el IGC, no podría subir más de un 2%, ya que se encuentra limitado a este porcentaje.

Por ello, para un contrato de alquiler de 1.000 al mes, la revalorización anual usando el IPC supondría que la renta se encareciera hasta los 1.024 euros mensuales, pero si se usara el nuevo índice elaborado por el INE, el alza sería de hasta 1.022 euros al mes, es decir, dos euros menos que si se usara el IPC.

En función del IPC y el IRAV

La herramienta lanzada por el Ministerio de Vivienda detalla el precio máximo al que se puede actualizar la renta en el mes en curso, utilizando la fórmula de actualización que corresponde según el tipo de contrato.

Así, tiene en cuenta para calcular las actualizaciones el IPC y el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, en cumplimiento de la disposición final primera de la Ley por el Derecho a la Vivienda.

La Ley refleja que, para contratos firmados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda o que contemplasen el uso del Índice de referencia de arrendamientos de vivienda elaborado por el INE, se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda será el mínimo valor entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo, la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y la tasa de variación anual media ajustada.

De tal manera, una vez los arrendadores y arrendatarios seleccionen qué método de cálculo para la actualización recoge el contrato de arrendamiento e introduzcan el precio actual mensual del alquiler, la página web calculará el precio máximo al que puede actualizarse la renta, en cumplimiento del artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

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Publicado en: Portada, Región

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