
El concejal de Movilidad y Seguridad Ciudadana, Juan José Pérez del Pino / Foto: Ayuntamiento de Toledo
El concejal de Movilidad y Seguridad Ciudadana, Juan José Pérez del Pino, ha explicado que el Ayuntamiento de Toledo "no ha autorizado ninguna corrida de toros" en referencia a las novilladas con picadores que va a acoger este viernes, 14 de agosto, la plaza de Toros de la capital regional y que ha levantado la polémica entre la ciudadanía por las restricciones que sí tienen otro tipo de actos culturales multitudinarios debido a la pandemia de la COVID-19.
"El Consistorio determinó que no iba a hacer actos durante la feria para combatir esta pandemia. Respecto a la corrida de toros, la Junta dio autorización y la empresa que ha organizado el acto dio traslado de que se iba llevar a cabo pero el Ayuntamiento no ha autorizado" pues, recalca el edil, no está entre sus competencias permitir o no estos eventos.
Así se ha pronunciado Pérez del Pino en una entrevista en la Cadena Ser en la que recordado que la plaza de Toros de Toledo es un recinto que pertenece a una propiedad privada que tiene autorizaciones para llevar a cabo esta actividad.
"Gustará más o gustará menos pero si se cumplen con todas las medidas no tienen problema para celebrarla", ha agregado el concejal, que ha señalado que hay sentencias del Tribunal Constitucional que "dejan claro que los ayuntamientos no pueden prohibir una corrida de toros".
En los últimos días se ha avivado la polémica con la celebración de este tipo de festejos en los que, en algunas ciudades del país como es el caso de Brihuega (Guadalajara), no se respetaba la distancia de seguridad establecida o parte del público no hacía uso de la mascarilla.
Por su parte, el Ayuntamiento de Guadalajara, que sí es propietario de la plaza de Toros de la ciudad, ha decidido prohibir estos eventos ante el "elevado riesgo" de brotes de COVID-19.
Entre las medidas establecidas por Castilla-La Mancha en la nueva normalidad, se acordó que, en recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, se podrán desarrollar actividades siempre que el público permanezca sentado y no se supere el 75 por ciento del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y 1.000 personas para actividades al aire libre.