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CCOO exige a los ayuntamientos que cumplan con los planes de empleo

Los consistorios toledanos de Palomeque, El Real de San Vicente e Illescas han sido sancionados, a instancias del sindicato, por atentar contra los derechos de los trabajadores

04/08/2017 Teresa Sánchez

FOTO: CCOO Castilla-La Mancha

Federico Pérez, secretario de Empleo de CCOO Toledo. FOTO: CCOO Castilla-La Mancha

CCOO Toledo ha llevado a cabo, en los dos últimos años, un seguimiento de los planes extraordinarios de empleo de la Junta para "velar" por su correcto desarrollo incluso en los municipios más pequeños. Un trabajo que les ha permitido descubrir, por ejemplo, que algunos consistorios han empezado a ejecutar sus planes de empleo el pasado mes de junio, otros lo han hecho en julio y los demás lo irán haciendo en los meses sucesivos. También el sindicato ha comenzado las visitas a los municipios donde los planes están en marcha.

Ante esto, el sindicato ha señalado que no va a tolerar que los ayuntamientos de la provincia vulneren los derechos laborales de trabajadores de los planes de empleo, ni que los utilicen para suplir empleo público estructural, ni que les exponen a riesgos para su salud o su seguridad. Así lo ha advertido el secretario de Empleo del sindicato en Toledo, Federico Pérez, quien ha señalado como “aviso a navegantes”, las sanciones judiciales y administrativas impuestas a instancias de CCOO a tres ayuntamientos toledanos, Palomeque, El Real de San Vicente e Illescas, por atentar contra los derechos de los trabajadores de los planes de empleo ejecutados en estos municipios el año pasado.

Unos problemas con los planes de empleo que también han observado en otros lugares como en Toledo capital, Cobisa y Esquivias, aunque en estos casos, y tras reuniones con sus responsables de Empleo, se han solventado, en principio de forma satisfactoria.

Sin embargo, en Illescas, uno de los ayuntamientos cuyo plan de empleo del pasado año provocó una sanción de la Inspección de Trabajo por una infracción grave de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a consecuencia de la cual una trabajadora sufrió un accidente que le ocasionó quemaduras en la espalda y los glúteos por un producto químico, el sindicato ha vuelto a detectar nuevos y múltiples incumplimientos, tanto del convenio colectivo como en materia de salud laboral y de contratación.

Pérez ha calificado de “miserable y ruin” el trato que el Ayuntamiento de Illescas da a los trabajadores del Plan de Empleo, y ha exigido a su equipo de Gobierno que rectifique de inmediato, sin perjuicio de que CCOO denuncie las infracciones bien ante la Inspección de Trabajo -ya presentó una por la falta de ropa de trabajo y de equipos de protección, y este viernes ha presentado una segunda denuncia- o bien en su caso ante el juzgado.

Pero, más allá de Illescas, que destaca entre todos los municipios toledanos por “los múltiples incumplimientos, e incluso la reincidencia en los que ya fueron sancionados el año pasado, poniendo evidencia el desprecio con que el alcalde José Manuel Tofiño trata a las personas más desfavorecidas de su localidad”, el sindicato reclama a todos los ayuntamientos que cumplan la ley y respeten los derechos laborales de los trabajadores de los planes de empleo, con especial atención a la prevención de riesgos.

“Queremos recordar también que el Plan Extraordinario de Empleo es un plan de emergencia social, destinado a ofrecer una solución ‘extraordinaria’ a las familias más desfavorecidas de cada municipio, no para que los ayuntamientos puedan contratar mano de obra barata y tratarlos como trabajadores de segunda, criminalizándolos por su situación de desempleo.”

El Ayuntamiento de Palomeque, condenado a readmitir a una trabajadora por despido nulo

El juzgado de lo Social nº 2 de Toledo ha dado la razón a CCOO y ha condenado al Ayuntamiento de Palomeque a readmitir a una trabajadora del Plan de Empleo de 2016 que fue despedida mientras se encontraba en situación de baja médica a consecuencia de un accidente laboral. La sentencia declara nulo el despido por vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora y condena además al Ayuntamiento a indemnizarla con 3.000 euros por los daños morales causados por la difamación pública de la que fue objeto por parte del alcalde.

La sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y que ha sido dado a conocer por el secretario de Empleo de CCOO-Toledo, Federico Pérez, relata que la trabajadora, contratada por el Ayuntamiento de Palomeque en el Plan Extraordinario de Empleo del pasado año como peón de obra pública, sufrió un accidente laboral mientras realizaba labores de limpieza en las cunetas de la carretera, lo que provocó su baja médica.

El ayuntamiento de Palomeque despidió a la trabajadora cuando se encontraba en situación de baja por el citado accidente, reconociendo que el despido era improcedente, justificándolo por una supuesta reorganización de la plantilla y ofreciendo a la mujer una indemnización de 245,60 euros correspondientes a 33 días por año trabajado.

Por el contrario, la magistrada de lo Social señala que el despido de la trabajadora durante la baja causada por accidente laboral supone la vulneración de sus derechos fundamentales porque “lesiona el principio de Igualdad y la prohibición de discriminación, el derecho a la integridad física y a la salud, el derecho al acceso a las prestaciones de seguridad social (sanitarias y económicas) y el propio derecho al trabajo”. En consecuencia, declara el despido nulo y obliga al Ayuntamiento a la readmisión de la trabajadora hasta la finalización de su contrato.

Pero, además, la sentencia también condena al Ayuntamiento a abonar a la trabajadora una indemnización de 3.000 euros por haber causado un “evidente daño a su integridad moral” al emitir una nota pública, firmada por el alcalde de Palomeque, Fernando Ledesma, difamando a la mujer ante todos sus vecinos.

En esa nota, el alcalde, cuestionaba el origen laboral de la baja médica de la mujer e incluso ponía en duda la existencia de lesión alguna; todo ello sin prueba ninguna, como subraya la sentencia, y a pesar de haber reconocido previamente la improcedencia del despido.

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Publicado en: Provincia

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