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La región prevé crear un canon medioambiental del agua para “minimizar o corregir” el impacto de su uso humano

Será un impuesto propio de la comunidad autónoma cuyo importe dependerá de su utilización, de su consumo y de la contaminación introducida en el medio hídrico

17/08/2020 Alicia Avilés Pozo

Bajo el paraguas de la Directiva Marco del Agua, el Gobierno de Castilla-La Mancha tiene previsto crear un canon medioambiental del agua con la finalidad de “minimizar o corregir” la afección al medio ambiente que la utilización de este recurso produce. Será un impuesto propio de la comunidad autónoma, gestionado por la Agencia regional del Agua, y su repercusión entre los usuarios se realizará en función del volumen de agua usada o consumida pero también de la contaminación real introducida en el medio hídrico.

Es la principal novedad que introduce el borrador del anteproyecto de la nueva Ley de Aguas de Castilla-La Mancha, actualmente en trámite de información pública, y que viene a sustituira la normativa regional sobre el ciclo del agua, que data del año 2002.

En el texto se establece que el canon se aplicará tanto a usos domésticos como no domésticos. Los primeros se consideran aquellos particulares en las viviendas para beber, cuartos de baño, cocina, riego de huertos y jardines, climatización, piscinas y otras instalaciones.

Así, para usos domésticos se establece una cuota fija y una cuota variable, que se aplicarán mensualmente, y donde el tipo impositivo tendrá en cuenta el número de personas que habitan la vivienda, dividido en cuatro tramos de consumo a fin de garantizar “la justicia social y la progresividad de la tarifa”. De hecho, se establecen bonificaciones para familias numerosas y para mujeres víctimas de violencia de género. También se bonifican las cuotas que pagan los usuarios que residen en municipios pequeños, como medida para combatir el despoblamiento rural.

Se establecerá una cuota fija de dos euros por vivienda y mes para el uso particular. Y la parte variable resultará de aplicar a los consumos mensuales los siguientes tipos de gravamen: consumo realizado dentro del primer tramo, 0,10 euros por metro cúbico; dentro el segundo tramo, 0,15 euros por metro cúbico; dentro del tercer tramo, 0,30 euros por metro cúbico; y dentro del cuarto tramo, 0,60 euros por metro cúbico.

Usuarios no domésticos

Sin embargo, el tipo de gravamen de este nuevo canon será diferente para los usuarios no domésticos: tendrá más diversificación, ya que no solo se determinará una cuota fija en función del diámetro del contador de agua (de 4 a 800 euros mensuales), sino que se establecerá que la cuota variable se determine, bien en función del volumen -con un tipo único determinado en función del tipo de industria-, bien en función de la contaminación. Con ello, el Gobierno castellanomanchego quiere hacer efectivo el principio de que “quien más contamina, más paga”.

Se consideran usos no domésticos, a efectos de la futura ley, los correspondientes a actividades económicas reconocidas, el riego de campos de golf y también los usos agrícolas, ganaderos, acuícolas y forestales.

El canon se exigirá así tanto por el uso o consumo de agua facilitada por entidades suministradoras públicas o privadas, como por el uso o consumo en régimen de concesión para abastecimiento o procedente de captaciones propias, superficiales o subterráneas.

La recaudación que se obtenga con este nuevo impuesto se destinará a la ejecución de inversiones en infraestructuras del ciclo integral del agua en Castilla-La Mancha, básicamente con tres objetivos: la consecución de los objetivos medioambientales y la planificación hidrológica; la adecuada dotación de agua, en cantidad y calidad, a los municipios de la región; y el apoyo económico a las administraciones que ejerzan competencias en el ámbito del ciclo urbano del agua.

El borrador establece que estarán exentos del pago del canon medioambiental del agua los usos hechos por los servicios públicos de extinción de incendios o los que, con las mismas características, sean efectuados u ordenados por las autoridades públicas en situaciones de necesidad extrema o catástrofes; así como los usos agrícolas, ganaderos, acuícolas y forestales, siempre que no tomen el agua de la red pública de abastecimiento o de entidad suministradora, ni efectúen vertidos a las redes públicas de saneamiento.

Un dato importante es que la determinación de la base imponible de este nuevo impuesto se realizará, con carácter general, en régimen de estimación directa mediante contadores homologados. De esta forma, los usuarios con captaciones propias estarán obligados a instalar y mantener a su cargo un mecanismo de medición directa del agua usada o consumida. Y cuando no dispongan de un mecanismo de medición directa se entenderá que se acogen al sistema de estimación objetiva.

Centrales hidroeléctricas, campos de golf y comunidades de usuarios

La futura ley recoge también otras modalidades de contribuyentes para el nuevo canon. Así, el tipo de gravamen en las instalaciones de refrigeración será de 0,005 euros por metro cúbico de agua utilizado; en las centrales hidroeléctricas, de 1,5 euros por hectómetro cúbico; en instalaciones y campos de golf será de 0,1 euros por metro cúbico; y en consumos públicos será de 0,10 euros por metro cúbico.

Por su parte, en las comunidades de usuarios que tengan la condición de sujeto pasivo a título de contribuyentes y no reciban el agua de una entidad suministradora, la cuota del canon medioambiental del agua será liquidada directamente por la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha a la comunidad cada seis meses. Este colectivo podrá repercutir este coste a sus integrantes sin que, en ningún caso, el canon total repercutido sea superior a lo liquidado por la Agencia del Agua.

Finalmente, las comunidades de usuarios que pretendan actuar como entidades suministradoras en la gestión del canon, deberán solicitarlo mediante un modelo de declaración establecido a tal efecto.

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Publicado en: Portada, Provincia

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