Hubo cesión ilegal de trabajadores de Randstad Project Services SL, empresa de trabajo temporal (ETT) a Extrusiones Toledo (EXTOL). El Juzgado de lo Social número 4 de Toledo estima parcialmente la demanda presentada contra ambas empresas en la que se reclamaba el derecho de once trabajadores a obtener la condición laboral de fijos o indefinidos, con antigüedad y con la categoría profesional correspondiente, de acuerdo al convenio colectivo del sector Metal por el que se rige la empresa toledana.
Además, se condena a ambas empresas a abonar solidariamente a los trabajadores cantidades que oscilan entre los 1.200 y los 6.800 euros, a las que se sumarán las que correspondan a los meses que transcurran hasta su pago efectivo y un 10% de intereses en concepto de demora.
No obstante, la magistrada abre la vía a presentar recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
El holding multinacional del trabajo temporal Randstad utilizó a partir de noviembre de 2020 una empresa multiservicios, Randstad Project Services S.L., para poner a disposición de Extrusiones Toledo S.A. a trabajadores ‘low cost’, con un salario un 30% inferior al establecido en el convenio de referencia en la provincia de Toledo. En consecuencia, “también se minoraban ilegalmente las cotizaciones a la Seguridad Social”, según denunció el sindicato CCOO.
La demanda se interpuso en enero de 2022 después de que en diciembre CCOO denunciase lo que calificó de “nuevo caso de fraude laboral y social” en la provincia de Toledo, en el que “una gran industria siderometalúrgica se ha servido de una empresa multiservicios para ahorrar costes laborales y cotizaciones a la Seguridad Social mediante la cesión ilegal de trabajadores”.
El sindicato se hizo eco de la denuncia coincidiendo con las actas de infracción emitidas por la Inspección de Trabajo contra ambas empresas en las que se propuso sendas multas de 80.000 euros.
En la sentencia, la magistrada reconoce que “la tarea de identificar los fenómenos interpositorios ilícitos se dificulta notablemente y exige un análisis detallado de cada caso concreto” a la hora de establecer límites entre una lícita descentralización de servicios y una cesión ilegal de trabajadores.
Sin embargo, en este caso deja claro que “nos encontramos ante una cesión ilegal de trabajadores que se intenta encubrir o disimular tras la ficción de existencia de un contrato de prestación de servicios entre las empresas codemandadas, y de un contrato de arrendamiento de medios materiales”.
Para la magistrada queda “evidenciado” que la empresa de trabajo temporal que formalizó los contratos, “aunque tenga una estructura propia, no la pone al servicio del desempeño de la actividad de los trabajadores demandantes, más allá de las formalidades iniciales, de elementos marginales que pone a su disposición y del pago del salario”, sino que los trabajadores están “plenamente integrados” dentro de EXTOL sometidos al “poder de dirección y organización del personal de la misma, que es quien actúa como verdadero empresario”.
La sentencia confirma que “los demandantes deben ser considerados como trabajadores indefinidos de EXTOL” y con la antigüedad correspondiente.
Se ha denunciado otro caso en Yuncos
El secretario general de CCOO de Toledo, Federico Pérez, ha dado a conocer la sentencia, fechada el 19 de septiembre, en la semana en la que se ha conocido la intervención de la Inspección de trabajo en la empresa Fire Piping, con sede en la localidad de Yuncos, donde, según CCOO, se estaba produciendo un caso similar, tal y como había denunciado. Pérez asegura que “forma parte de la estrategia de CCOO para regularizar el uso abusivo y fraudulento de las empresas de trabajo temporal en la provincia de Toledo”.