El pleno municipal del Ayuntamiento de Ocaña acordó con los votos a favor del PSOE, CS y la abstención de Vox, y con los votos en contra el PP, incoar procedimiento para declarar nulo de oficio el Informe de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2017 dictado por la exalcaldesa 'popular' Remedios Gordo, en virtud del cual se nombraba archivero municipal a su marido. En la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Consistorio, dicha plaza, recalcaron, queda reservada para desempeñarse por un funcionario.
En la sesión de este pleno, que se celebró el pasado 18 de junio, el equipo de Gobierno de PSOE y Ciudadanos -formado gracias a uno de los pactos acordados entre ambas formaciones en la región en las últimas elecciones municipales-, se refirió a un informe realizado sobre la Secretaría del Ayuntamiento en el que se expone que este contrato se habría realizado con "extralimitación de las atribuciones asignadas al alcalde... ya que la facultad de asignación de puestos por el alcalde queda limitada por la propia RPT, y dentro de los puestos que en esta se reserven a personal laboral".
"Incumplió con su obligación de convocar el correspondiente proceso de selección con el fin de mantener en esa plaza a su marido y con ello evitó que otras personas accedieran a ese puesto de trabajo de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad", advirtió el equipo de Gobierno actual en referencia también a dicho informe de la Secretaría.
En este sentido, el informe de Secretaría ve favorable la incoación del procedimiento "tendente a declarar la nulidad del Informe de Alcaldía" por el que se establecía un nuevo contrato de trabajo que tenía como objeto que el trabajador ejercería funciones del puesto de archivero, que estaba desierto tras la jubilación de la anterior responsable y que pasó a ocupar el marido de la exalcaldesa, que mantenía un contrato desde 2008 con el Consistorio como personal adjunto a Archivo, prestando servicios como archivero en la Biblioteca municipal.
La "revisión de los contratos" que afirma haber hecho el equipo de Gobierno, según explicó Ana Isabel Gutiérrez, concejala de Gobierno (PSOE), les permitió detectar esta, afirmó, "irregularidad objeto de posible nulidad". Su contrato se modificó, según señalaba el Informe de Alcaldía, porque desde "junio de 2015, el adjunto a Archivo está realizando las labores de archivero". Además, en septiembre de 2017 se le reconocerían mediante decreto trienios de antigüedad desde 2008.
Nombramiento de un instructor para determinar la posible nulidad
El acuerdo alcanzado en el pleno abre un procedimiento que nombra a un instructor para que, en un plazo de seis meses, emita un informe sobre la posible nulidad de este nombramiento que tendría que ser ratificado de nuevo en pleno y elevado al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, quien determinaría administrativamente la posible nulidad del contrato.
Sin embargo, no hay papel que demuestre que el archivero tomase posesión como funcionario en el Ayuntamiento. Desde el grupo del PP, defendían que él sigue siendo personal laboral y que "no se ha aumentado ni su salario base ni su grupo ni su nivel". Sí que ha desempeñado desde junio de 2017 su trabajo en el Archivo Municipal en base a este contrato, pero recalcaban que desde 2015 lleva ocupándose de ese servicio sin superior jerárquico al no haberse convocado una oferta de empleo pública para cubrir la plaza vacante.
Remuneración por "trabajos extraordinarios"
La asignación de este puesto de trabajo supuso un aumento de las retribuciones pues en el contrato también se le reconoció una remuneración económica de 272,37 mensuales por "trabajos extraordinarios". En este sentido, el PP defendió en el pleno que esa gratificación la tienen también otros trabajadores municipales del Ayuntamiento y que, en el caso del archivero, se correspondía a "una carga de trabajo mayor" porque la población del municipio ha aumentado desde el año 2008.
Esta remuneración fue eliminada por el nuevo equipo de Gobierno municipal, en la Junta Local de Gobierno en sesión celebrada el 22 de octubre de 2019 al comprobar, señalan, esta “prebenda” por considerar que "no se aprecia en el trabajador un rendimiento superior al normal en el desempeño del puesto, ni tampoco se aprecia especial interés o iniciativa en la consecución de la mejora del servicio".
"Queda demostrado el poco respeto que la entonces alcaldesa tiene a esta institución. Estos actos dejan en evidencia que aquí se ha gobernado para beneficio propio. Este equipo de Gobierno tiene un gran trabajo por delante y difícil. Si nos poneos a analizar la mayoría de contratos y pagos que se han hecho, el trabajo es inmenso. El más importante es recuperar la dignidad de esta institución", apuntaba Ana Isabel Gutiérrez.
"Es un ataque personal... alomejor es un juez quien lo tiene que desestimar"
Por su parte, en declaraciones a este medio, Remedios Gordo, apunta que esta aprobación del pleno para incoar procedimiento para declarar nulo es "un ataque personal". "Mezclar lo que es un informe que hizo en su día la alcaldesa con un trabajador, ya sea su marido, su primo o cualquier persona del pueblo me parece un poco populista", apunta la exalcaldesa, que subraya que el asunto está "en tramitación" y "no solo va a decidir el pleno del Ayuntamiento" puesto que "alomejor es un juez quien lo tiene que desestimar".
"Es un ataque personal porque los empleados públicos del ayuntamiento son más de cien personas, solo han señalado y revisado un único concreto. Es una clara postura partidista. En vez de hablar de lo importante y de la gestión que están haciendo ellos en la pandemia, de la mala gestión, lanzan un cortafuegos o una cortina de humo que no le interesa a nadie", agrega Gordo.
Por su parte, el portavoz municipal, Juan José Rodríguez, que "en teoría lo que tenía que haber hecho la exalcaldesa es abstenerse de elaborar este informe al tener parentesco con la persona beneficiaria, y no lo hizo". Por tanto, queda por ver ahora qué dictamina el instructor del procedimiento, que tiene un plazo de seis meses para pronunciarse ya que el transcurso de ese tiempo sin dictarse resolución produciría la caducidad del mismo.