
Fachada del Tribunal Supremo Carlos Lujan / Europa Press
El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de 15 años a un hombre que violó a su hija en Toledo tras examinar el caso en base a la nueva ley del 'solo sí es sí'. La sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo estableció la máxima pena por un delito de agresión sexual continuada que confirmaron después en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y el Supremo.
Tal y como informa Alberto Pozas, en elDiario.es, el Supremo señala ahora que la condena máxima no ha cambiado con la nueva ley por lo que considera que haya que rebajar la condena del hombre ya que también era posible imponérsela con el nuevo Código Penal tras la reforma.
El varón que ha presentado el recurso agredió durante años a su hija menor de edad cuando tenía entre 12 y 16 años. Según explica en el mismo artículo, la niña se sometía a los ataques por las agresiones y amenazas que su padre utilizaba durante las violaciones. La menor incluso quedó embarazada y no desveló la identidad del padre hasta que denunció los hechos ante la Guardia Civil con 21 años.
"No habiendo sido modificado por la Ley Orgánica 10/2022, el límite máximo legalmente previsto para la sanción de estas conductas, límite máximo que resolvió imponer, de manera fundada, el órgano de primera instancia, y respaldó el Tribunal Superior, la nueva regulación legal no puede, en este caso concreto, considerarse más favorable para el acusado", expone el Tribunal Supremo en la nueva resolución, que supone un paso más en la formación de jurisprudencia en torno a la aplicación retroactiva de la nueva norma.

La aplicación de esta reforma del Código Penal impulsada por el Ministerio Igualdad, señala el periodista, se ha traducido en la rebaja de condenas a decenas de delincuentes sexuales, con otros tantos casos rechazados por los jueces. Así, con ella se cierra la puerta a poder rebajar la condena a un delincuente sexual cuando se le haya impuesto la pena máxima.