La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Toledo, ha decretado la prórroga de las medidas especiales de nivel 3 en el término municipal de Talavera de la Reina durante los próximos 14 días debido a la alta tasa de contagios que registra la ciudad. En concreto, en las semanas epidemiológicas 39 y 40 -del 21 de septiembre al 4 de octubre-, se declararon un total de 946 casos en el municipio lo que supone una tasa de incidencia acumulada (IA) en 14 días de 1.134,1 casos cada 100.000 habitantes, la más alta de entre las ciudades de más de 40.000 habitantes en el país.
Así, en el municipio de Talavera se vienen observando, al menos desde la semana 38, tasas de incidencia superiores a los 500 casos por 100.000 habitantes, con tasas de incidencia en 14 días superiores a los 1.000 casos por 100.000 habitantes, con especial incidencia en personas con 65 y más años de edad (el 20% de todos los casos), lo que indica una situación de riesgo muy elevada en un escenario de elevada transmisión comunitaria, lo que exige la adopción de medidas de control estricto.
Por todo ello, y en virtud del protocolo elaborado desde la Consejería de Sanidad se propone aplicar en la localidad de Talavera de la Reina las siguientes medidas complementarias de salud pública de Nivel 3 durante 14 días, prorrogables en función de la situación epidemiológica. Cabe recordar que ya el pasado 29 de septiembre, las autoridades sanitarias impusieron medidas de nivel para todo el Área Integrada de Talavera, que afectan a 78 municipios.
Medidas
Supresión del servicio de barra en bares y restaurantes y al 30% del aforo en locales cerrados
En el caso de los locales de ocio, se mantiene el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Se suprime el servicio de barra en todos los bares y restaurantes y otros establecimientos de hostelería. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 30% del máximo que tuvieran establecido previamente.
Terrazas a un 50% de su aforo y cierre de negocios hosteleros a las 23:00 horas
Las terrazas de bares y restaurantes tendrán un aforo al 50% del máximo de mesas que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. La ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupaciones de mesas; y el cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00 horas.
Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas para tal efecto, tanto en el interior del local como en la terraza; quedando igualmente prohibido el consumo de comidas y bebidas fuera de éstas en ese supuesto.
Celebraciones de bodas, bautizos y comuniones con 60 personas en espacios abiertos y 30 en cerrados
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, bautizos, comuniones y similares, tanto las que tengan lugar en locales de hostelería y restauración, como en otro tipo de instalaciones, tendrán limitación de su aforo a 60 personas en espacios abiertos y 30 en espacios cerrados; siempre garantizando el resto de medidas recogidas en la regulación en vigor.
Sigue suspendida la actividad en centros sociosanitarios, Centros de Día y restringidas las visitas en residencias de mayores
En lo que se refiere a centros sociosanitarios, siguen suspendida, cautelarmente, la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores. También se suprimen las visitas sociales en Residencias de Mayores, centros para personas con discapacidad grave, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios. La entrada a estos centros por parte de personas ajenas se limitará a lo estrictamente necesario.
No se permitirán salidas de los usuarios salvo razones de fuerza mayor en residencias y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor; mientras que sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a un domicilio particular, siempre por un periodo superior al de vigencias de las medidas especiales establecidas en el municipio; es decir, no se podrá retornar al centro mientras dichas medidas estén en vigor. Para ello, además, será necesaria la realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, o personas con TMG, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con el Covid-19 y que el centro se encuentre libre del mismo en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
Los trabajadores que, tras su periodo vacacional o ausencia de su puesto de trabajo, por un tiempo superior a una semana, que se incorporen a las residencias sociosanitarias o viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por Covid-19.
Centros de culto al 20% del aforo, ceremonias religiosas limitada a 25 personas y velatorios con 10 personas en espacios cerrados y 15 en abiertos
En otro orden, y en lo que se refiere a las actividades religiosas de ámbito social; se establece un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en abiertos, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad, en velatorios y ceremonias. En los centros de culto se limita la ocupación a un 20% del aforo con prohibición de cantar en el transcurso de las ceremonias y celebraciones religiosas. La restricción de personas en eventos sociales, como bodas o bautizos, está limitada en 25 personas.
Se reforzarán los controles policiales y se sancionará el incumplimiento para impedir el consumo de alcohol en la vía pública
Sobre el consumo de alcohol, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, las autoridades competentes en materia de seguridad (a través de las agrupaciones de policía) aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. El Ayuntamiento, como se viene haciendo, aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.
Extremar las medidas higiénico-sanitarias en tiendas y establecimientos comerciales
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.
Limitación del 50% del aforo en autobuses urbanos y taxis
Sobre el transporte, se limitará al 50% la ocupación en autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.
Las medidas prescritas por la Delegación Provincial incluyen un seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara. Si desde el Ayuntamiento se tuviera conocimiento de otros locales o actividades que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad para proceder a su cierre, prohibición o limitación con el fin de frenar la transmisión virus.
Actividades colectivas de ocio, competiciones deportivas o escuelas municipales, bibliotecas y museos, suspendido su uso cautelarmente
Esta nueva resolución incluye medidas complementarias, como la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otras que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
También se cancelan las competiciones deportivas, profesionales y no profesionales; la actividad en las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura o idiomas); cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, cierre cautelar de bibliotecas y museos; los hoteles sólo podrán contratar el 50% de su capacidad y el uso de sus zonas comunes se limita al 25% del aforo.
En instalaciones deportivas, el aforo máximo será del 20% en espacios interiores y del 50% en exteriores; así como se decreta el cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso público recreativo público, independientemente de su titularidad. Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad. También sigue la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre.
Parques y jardines cerrados entre las 22:00 y las 8:00 horas. En parques infantiles y con elementos deportivos, sigue prohibido su uso
Se decreta el cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual. Se recuerda específicamente que en los elementos de juego de parques infantiles siguen precintados y su uso prohibido, así como los elementos para uso deportivo en estos espacios. Tampoco podrán usarse los bancos u otros elementos del mobiliario urbano. En el periodo de tiempo que se permite el acceso a parques y jardines se podrá pasear, hacer deporte o ir en bici.
Recomendación de limitar los encuentros sociales y con un máximo de 6 personas por grupo
En último lugar, la resolución recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y también se recomienda a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 6 personas, incluyendo convivientes.
Estas medidas tendrán una validez de 14 días naturales, prorrogables por otro periodo idéntico. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la pandemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se podrán adoptar medidas complementarias a las establecidas en este documento.