El Proyecto de Singular Interés (PSI) del parque temático que la empresa Puy du Fou va a abrir en Toledo tendrá que someterse a una evaluación ambiental estratégica tras los cambios que han realizado del mismo, en base a las alegaciones presentadas durante el período que ha estado expuesto a información pública.
No obstante, a pesar de la extensión en la tramitación del proyecto que supone este tipo de evaluación -que desde el inicio se consideraba que podría ser una evaluación ambiental simplificada al abordarse como PSI-, la intención de la empresa francesa es abrir el parque temático, o al menos llevar a cabo el primero de los espectáculos nocturnos planteados, en septiembre del próximo año 2019, según ha podido conocer toledodiario.es
Entre las modificaciones que contempla el proyecto, destaca la reducción en unos 4.000 metros cuadrados (m2) de superficie total construida, pasando de 88.648 m2 a 84.894 m2, así como también se regulará el número la altura de los edificios, el número de plantas o se plantean la posibilidad de instalar barreras o elementos de mitigación del ruido, teniendo en cuenta que a unos 400 metros del parque se encuentra la urbanización de Montesión.
Según señala la Resolución publicada por la Viceconsejería de Medio Ambiente, publicada este jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y que indica que el promotor tendrá que desarrollar y someter a información pública y consultar un Estudio Ambiental Estratégico durante un período máximo de 15 meses, contados a partir de la notificación del documento de alcance.
Respecto a la clasificación del suelo en el ámbito del PSI, Puy du Fou plantea, en virtud de las recomendaciones hechas por el Ayuntamiento de Toledo en el informe favorable que emitió sobre el proyecto, la Resolución indica que se mantendrá la clasificación de suelo rústico pero precisa que, teniendo en cuenta la anulación del Plan de Ordenación Municipal de 2007 y la vigencia actual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1986 en la capital regional, pasará de categorizarse de suelo no urbanizable sin protección -suelo rústico de reserva- a suelo rústico no urbanizable de especial protección.
Asimismo, el PSI delimitará un espacio de terreno que pasará a ser suelo rústico de protección cultural (arqueológica) en la zona de delimitación del yacimiento denominado 'Casa del Loco'. Además, atendiendo a observaciones del Ayuntamiento de Toledo y a las presincripciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) sobre la delimitación perimetral del proyecto en base a los dominios públicos hidráulicos -necesarios para abastecer de agua el recinto- se pasa a ocupar una superficie de 1.610.967 m2 por el 1.590.281 m2 que contemplaba anteriormente.
Con este reajuste de superficie, la Resolución subraya también que, con el objeto de optimizar las edificaciones y generar un menor impacto sonoro y lumínico sobre las propiedades próximas, así como para minimizar los impactos sobre vegetación y los derivados del movimiento de tierras, se han cambiado las ubicaciones de algunas de las edificaciones proyectadas respecto a la anterior versión, alejándolas de los linderos y adaptándose de forma más adecuada a la topografía del terreno.
Permiso para construir hoteles
Por otra parte, atendiendo a las determinaciones urbanísticas aplicables al ámbito del PSI, se precisa también que el uso del suelo no urbanizable (protegido para paisajística, forestal y medioambientalmente) amplíe su permisión a usos terciarios (comercial, hotelero, hostelero y oficinas) y el uso industrial de almacenaje así como el dotacional de titularidad privada, lo que significa que a pesar de que la empresa ha expresado que no tiene intención de construir hoteles en el propio parque sí podría hacerlo.
También prevé el informe ambiental estratégico que el estudio que deberá presentar la empresa incluya nuevos materiales de construcción, tipos de cubiertas, regulación de la altura y el número de plantas de las edificaciones. Además precisa que se permite el uso de fuente y estanques, nebulizadores y mobiliario urbano, y, de otro lado, se establecen condiciones respecto a la prevención contra incendios forestales y el plan de emergencia.
En definitiva, la Viceconsejería de Medio Ambiente resuelve que, conforme a la Ley de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, el PSI de Puy du Fou debe someterse a a una Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria y elaborar el estudio mencionado para someterlo de nuevo a información pública a través de las plataformas -online y presencial- habilitadas por la Junta.