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OPINIÓN | La varita mágica del urbanismo

Ningún ayuntamiento debería atreverse a proponer un hotel de cinco plantas y 9.485 m2 en una zona verde situada en uno de los lugares más emblemáticos de Toledo

26/10/2023 Tomás Marín Rubio

Situación del hotel, entre el Puente de la Cava, la carretera de Navalpino y el Tajo / Foto: Tomás Marín

Durante estos últimos meses se ha escrito mucho sobre una modificación del planeamiento que está tramitado el Ayuntamiento de Toledo en un lugar particularmente sensible: el entorno del Puente de la Cava, justo al lado del Tajo, donde se pretende levantar un hotel de cinco plantas con 9.487 m2 sobre rasante.

No soy, ni mucho menos, el primero que habla de este tema, y cualquiera que le dedique dos segundos reconocerá que se trata de algo espectacular, una bomba informativa, así que debo suponer que la mayoría de mis lectores ya habrán oído, leído y debatido largamente sobre este asunto. Prueba de ello es que el pasado lunes 23 varios medios anunciaron el nacimiento de la plataforma ciudadana “No al hotel de La Cava” formada inicialmente por nueve asociaciones de distinto carácter, y esto no pasa todos los días.

Me sorprende, sin embargo, que hasta ahora solo se haya abordado este tema desde el punto de vista del paisaje, los valores patrimoniales o ambientales, y la sobreexplotación turística de una ciudad que parece generosa con todos menos con sus propios vecinos. No son puntos de vista menores, desde luego, y todo lo que han dicho los paisajistas, ecologistas, expertos en patrimonio y asociaciones de vecinos es cierto, pero puede que nos estemos olvidando de lo fundamental, al menos desde el punto de vista de un urbanista: ¿Cómo es posible que un ayuntamiento, saltándose todos los consensos, pueda atreverse a proponer un hotel de 5 plantas y 9.487 m2 sobre rasante en un lugar, que el planeamiento vigente considera espacio libre público desde hace cuarenta años?

Pero vayamos por partes y expliquemos un poco más las dos afirmaciones que hago al formular esta pregunta. El Ayuntamiento nos dice que él no propone nada, que se limita a tramitar lo que le proponen los propietarios, pero esto sencillamente no puede ser cierto. La Ley lo prohíbe expresamente. El artículo 38.1.a) del TRLOTAU, en el que se basa la tramitación del Plan Especial, dice claramente que solo la Administración, de oficio, podrá promover y aprobar este tipo de planes.

El Ayuntamiento no puede escudarse en la buena voluntad y la supuesta obligación de dar salida a todo lo que se le propone. Legalmente, este Plan solo puede ser fruto de su voluntad, y tiene la obligación de explicarnos por qué considera de interés público construir un hotel así, precisamente en este sitio y no en otros. Tendrán que ser, además, razones muy poderosas, porque no es un sitio cualquiera.

A continuación, también tendría que explicarnos cómo piensa repartir las inmensas plusvalías generadas por esta decisión, porque si hubiera un pastel, no puede ser que todo se lo coma la misma persona. Los ciudadanos privados de las zonas verdes, y los propietarios que no tienen la suerte de poder construir aplicando la misma regla de tres, tendrían algo que decir al respecto.

Vistas de Toledo desde la planta baja del hotel propuesto / Foto: Tomás Marín

¿Cuánto vale ahora esta parcela y cuanto podría valer si se aprobara este Plan? Les aseguro que la diferencia es sustancial y que habría muchos hoteleros dispuestos a comprarla. Grandes beneficios salidos de la varita mágica del urbanismo, es decir, del bolsillo de todos nosotros, porque no hay magia sin trucos.

En cuanto al contenido del planeamiento vigente, el propio documento en tramitación reconoce expresamente que la mayor parte del ámbito del Plan Especial del Puente de la Cava, en concreto la incluida en la unidad 1-A-Casco Histórico-Artístico del PGOU, está calificada como espacio libre público desde 1986. Es más, una parte nada despreciable de estos espacios libres, los situados al sur del puente, ya son de dominio público, y sorprendentemente se les asigna edificabilidad.

El resto forma parte de la unidad 1-F de Cigarrales y en este ámbito el contenido del planeamiento vigente es más confuso. En mi opinión también está calificada como espacio libre público, pero no voy a aburrir al lector con argumentos técnicos. Solamente diré que con la interpretación más favorable para la propiedad, únicamente podría construirse una vivienda unifamiliar de dos plantas ocupando el 5% de la parte alta de la parcela con acceso desde la carretera de Navalpino. Nada que ver con lo que se propone.

Si estuviéramos en otra ciudad pensaría que algo así no puede llegar a aprobarse definitivamente, llamaría demasiado la atención, pero por desgracia tenemos muchos ejemplos similares que han llegado a buen puerto, así que no las tengo todas conmigo.

En una democracia el planeamiento urbanístico debería ser un instrumento útil para debatir sobre nuestro futuro, gestionar de forma transparente los inevitables conflictos entre iguales en derechos por el uso de un bien inevitablemente escaso, como es el suelo de las ciudades, pero desgraciadamente, día tras día comprobamos que se solo utiliza como una varita mágica que coloca estrellas doradas sobre los elegidos delante de un público que solo cree en los milagros.

La autoridad democrática se basa en la transparencia, los consensos y una ciudadanía informada y libre que participa activamente en los asuntos públicos; la del Príncipe en la posibilidad de repartir favores con su varita mágica, el secuestro de la información y unos súbditos adormecidos que siempre callan, ya sea porque no quieren perder sus favores, porque le tienen miedo, o porque no son capaces de pensar. No lo digo yo, lo dijo Maquiavelo.

Nos queda mucha tarea por delante, y lo que está en juego es algo más que el paisaje y el patrimonio. Estamos en juego nosotros como colectivo, la forma en la que la ciudad se organiza y toma las decisiones que nos afectan a todos.

 

Artículo de Tomás Marín Rubio, arquitecto

Publicado en: Opinión

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