El Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 2 de Ocaña avala la apertura de juicio oral contra la que fuera alcaldesa de esta localidad toledana, Remedios Gordo, y contra su marido, al considerar que hay “indicios suficientes” de un presunto delito de malversación de caudales públicos.
El juez instructor lo cree así tras las diligencias practicadas a raíz de la denuncia presentada por el Ayuntamiento de Ocaña acusando a la exalcaldesa de haber beneficiado a su marido con ingresos extraordinarios no justificados, a través de un complemento salarial, que sumó casi 11.000 euros entre los años 2016 y 2019. Algo que se produjo porque, de forma previa, el marido habría sido ascendido al puesto de archivero ‘a dedo’, según la denuncia inicial.
Fue, dice el auto, “una decisión y una resolución, de carácter verbal, arbitraria y ausente de justificación objetiva” y que esa “arbitrariedad” fue todavía mayor “por el hecho de ser el preceptor del complemento su propio marido”.
Por otro lado, resalta que no hay que olvidar “el deber de abstención que debió haber presidido la actuación de la alcaldesa en aquel momento, al estar relacionada su decisión con una persona directa y personalmente ligada a la misma, como era su marido”.
El juez entiende también que la percepción de esta remuneración extra no hubiera sido posible si, de forma previa, la alcaldesa no hubiera tomado otra decisión: habría ascendido ‘a dedo’ a su marido al puesto de archivero municipal, en lo que supondría un presunto delito de prevaricación administrativa que, en este caso, no ha podido ser acreditado documentalmente.
Pese a ello, el instructor subraya que “sin la resolución inicial y prevaricadora no se habría producido después la apropiación del dinero público por parte del investigado” y considera que los hechos “deben ser enjuiciados conjuntamente (…) para descartar la vía del jurado en el enjuiciamiento futuro de los hechos”.
El auto, al que ha tenido acceso elDiarioclm.es, está fechado el 25 de abril y abre también la posibilidad de interponer recurso de reforma y otro subsidiario de apelación o bien un recurso de apelación directo a la decisión judicial por parte de los investigados.
Sueldo extra y ascenso ‘a dedo’, según la denuncia
Según consta en el auto, la causa se inició a raíz de una denuncia interpuesta por la representación del Ayuntamiento de Ocaña en noviembre de 2021. El Consistorio se ha personado como acusación particular.
El juzgado ha investigado dos hechos “diferenciados”. No solo el presunto cobro indebido de un sueldo extra, sino un presunto delito de prevaricación administrativa por parte de la exalcaldesa. Remedios Gordo. Según la denuncia, ascendió a su marido a archivero municipal sin el correspondiente proceso público de selección. Este extremo, sin embargo, no ha podido ser documentado judicialmente, aunque se sugiere que sea objeto igualmente de juicio oral.
“En la denuncia se dice expresamente que el investigado en la práctica, ha aceptado el puesto de Archivero Municipal, percibiendo las correspondientes nóminas y utilizando públicamente dicho cargo, suponiendo ello un ascenso laboral. Pero ocurre que esa imputación choca de frente con la documentación existente en el procedimiento”, reconoce el juez instructor.
El auto refleja cómo el marido de la que fuera alcaldesa “habría accedido [al puesto] por orden e instrucción directa de su mujer, la entonces alcaldesa de la localidad de Ocaña, también investigada”. Ocurría después de que en junio de 2015 se jubilase la archivera municipal.
El juez constata la “manifiesta falta de rigor que se aprecia en la utilización por el Ayuntamiento de Ocaña de la nomenclatura e identificación de un determinado puesto de trabajo, concretamente el del investigado” y eso, reconoce, “obstaculiza decididamente la existencia de indicios de delito”.
La confusión en los documentos de la relación laboral del marido de la alcaldesa con el Ayuntamiento ha impedido que prospere esta parte de la denuncia. Desde su primer contrato en 2008, hasta el inicio del año 2021 su puesto de trabajo ha sido identificado en varias ocasiones como ‘archivero’, sin especificar otra categoría distinta.
Los “vaivenes” en la nomenclatura y el “poco” rigor en la identificación del puesto de trabajo son la razón por la que, dice el juez, “difícilmente puede imputarse el ilícito pretendido, esto es, nombramiento arbitrario y posesión de un cargo público de distinto grupo profesional”.
Y es que, añade el juez, “no consta” que el marido de la alcaldesa haya suscrito otro contrato más allá del inicial de 2008 o que haya tomado posesión de un nuevo puesto, más allá del complemento de productividad que recibió, presuntamente de forma indebida, por el que sí se va a seguir la causa.
Remedios Gordo, alcaldesa entre 2011 y 2019
Remedios Gordo fue alcaldesa de Ocaña por el PP entre 2011 y 2019. Su ‘peso’ en el partido le llevó a formar parte del equipo directivo de Pablo Casado en 2018. Un año después perdió las elecciones.
Fue en julio del año 2020 cuando el pleno municipal del Ayuntamiento de Ocaña acordó, con los votos a favor del PSOE y Ciudadanos, con la abstención de Vox y con los votos en contra del PP, incoar procedimiento para declarar nulo de oficio el Informe de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2017 dictado por la exalcaldesa 'popular' Remedios Gordo, por el que se nombró archivero municipal a su marido. En la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Consistorio, dicha plaza, recalcaron entonces, estaba reservada para ser desempeñada por un funcionario.
El equipo de Gobierno formado por PSOE y Ciudadanos aseguraba que se incumplió con la obligación de convocar el correspondiente proceso de selección “con el fin de mantener en esa plaza a su marido y con ello evitó que otras personas accedieran a ese puesto de trabajo de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad”.
El PP lo negó esgrimiendo que no se había aumentado “ni su salario base ni su grupo ni su nivel” y ahora el juzgado ha confirmado falta de documentación para demostrarlo, pero en cambio sí se ha acreditado que tuvo ingresos extraordinarios porque también se le reconoció una remuneración económica de 272,37 mensuales por “trabajos extraordinarios”. Una remuneración que fue eliminada en 2019 al comprobar que se trataba de “una prebenda”, sin que el trabajador tuviera “un rendimiento superior al normal en el desempeño del puesto, ni tampoco se aprecia especial interés o iniciativa en la consecución de la mejora del servicio”.
Remedios Gordo lo atribuyó a un ataque personal que “a lo mejor debe desestimar un juez”
Ese año, en 2020, la exalcaldesa Remedios Gordo declaraba a Toledodiario.es que se trataba de “un ataque personal” y que más allá de la decisión del Ayuntamiento, aseguraba, “a lo mejor es un juez quien lo tiene que desestimar”. Algo que ahora podría producirse si finalmente se confirma la apertura de juicio oral.
De momento, fuentes del Ayuntamiento de Ocaña han confirmado que los servicios jurídicos del Consistorio ya han formalizado la solicitud de apertura de juicio oral acompañada de la acusación correspondiente contra la que fuera alcaldesa -en la actualidad es concejala- y su marido.