
Plano del Casco Histórico con el porcentaje de pisos turísticos que hay en cada distrito censal / Imagen: Ayuntamiento
El pasado lunes, el Ministerio de Consumo anunció que había impuesto a la plataforma Airbnb la retirada de más de 65.000 anuncios de pisos turísticos ilegales al detectar que incumplían diferentes normativas sobre viviendas de uso turístico (VUT), siendo la más común carecer del número de licencia o registro, obligatorio en varias comunidades autónomas, entre ellas Castilla-La Mancha.
Tal y como detalló el departamento que dirige Pablo Bustinduy, se trataba de inmuebles ubicados en las regiones de Madrid, Andalucía, Catalunya, Euskadi, Valencia y Balears. Además, agregaba que la Justicia ha emitido un auto en el que insta a la compañía a eliminar de su plataforma en una primera tanda 5.800 pisos “de manera inmediata”, tal y como recogía elDiario.es.
No obstante, esta situación jurídica sí que podría llegar a afectar a otros territorios como es el caso de Toledo, donde todavía no está claro el número exacto de pisos turísticos que hay, aunque sí hay varios registros que muestran, al analizar sus datos, que más del 20% de las VUT que se ofertan lo hacen fuera del marco legal.
En concreto, según el registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, actualizado con datos de 2025, en la capital castellanomanchega hay 30 apartamentos turísticos (AT) con 609 plazas y 574 VUT con 2.838.
Por su parte, si vamos a la estadística experimental del Instituto Nacional de Estadística (INE), los últimos datos de noviembre de 2024 contabilizan 733 VUT (no incluye AT) y 3.432 plazas. Es decir, 159 de las VUT que se anuncian en plataformas (de donde saca los datos el INE), un 22% del total, serían ilegales.
De su lado, el Ayuntamiento no hace públicos los datos de las viviendas que ha autorizada para esta actividad. No obstante, según el plano que incluye en la recién aprobada ordenanza, en marzo de este año habría 588 AT y VUT. Cabe suponer que, con la entrada en vigor de esta normativa, los que están operando al margen de la legalidad regularicen su situación.
Hasta 800 viviendas turísticas más en el Casco
Según datos del INE en el Casco Histórico, donde se sitúan la gran mayoría de estos alojamientos turísticos, hay en total 6.285 viviendas, de las cuales 4.675 son principales, 365 secundarias y 1.245 estarían vacías (el 19,8 % del total de barrio).
Así, aplicando el tope del 12% establecido en la nueva ordenanza municipal para cada distrito censal de este barrio -que se aplica también al resto de barrios de la ciudad-, un total de 1.338 podrían dedicarse a esta actividad, por lo que -restando las 588 que contabiliza el Consistorio-, todavía podrían convertirse en alojamientos turísticos unas 800 viviendas más, pese a la escasa oferta residencial que hay en el Casco Histórico en la actualidad.
En la ordenanza municipal se ofrecen también cifra del porcentaje de AT y VUT que hay en cada uno de los 15 distritos censales en los que divide el Casco Histórico. En la mayoría hay margen todavía para alcanzar el 12% establecido, pero sí que estaría rozando ese límite el que se incluye en el entorno de la Catedral, que alcanza ya el 10%.
Licencia a dos edificios completos con 10 apartamentos
Precisamente, este mes de mayo la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Toledo autorizó el cambio de uso residencial de dos edificios en el Casco Histórico que se habían rehabilitado los últimos dos años para destinar los mismos al ejercicio de actividad extrahotelera (apartamentos turísticos). Ambos cuentan con cinco apartamentos cada uno y se sitúan en la calle Trastámara y en la calle San Ginés.
Según recoge el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, el primero se ubica en la sección censal 01-001, con una saturación del 5% de VUT y AT, y el segundo en la 04-002, que eleva el dato hasta el 8%, según las cifras que recopiló el Consistorio en la elaboración de la nueva ordenanza, que permite que edificios completos puedan dedicarse a apartamentos turísticos, mientras que el proyecto de la anterior Corporación los limitaba a plantas bajas.
Una reforma para "empoderar a los vecinos"
Precisamente, el pasado mes abril entró en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que establece que la instalación de nuevas viviendas de uso turístico deberá contar con el aval expreso de las comunidades de vecinos que los alojen. En concreto, se requiere el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que representen, a su vez, las tres quintas partes de las cuotas de participación.
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, manifestó que esta modificación normativa se impulsó para "empoderar a los vecinos", en colaboración con ayuntamientos y comunidades autónomas.
La nueva redacción establece que la instalación de viviendas de uso turístico requiere del acuerdo expreso por parte de la comunidad de propietarios, sin necesidad de que se modifique el título constitutivo o los estatutos, como ocurría hasta ahora en virtud de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
En paralelo al impulso de la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, el Gobierno aprobó en 2024 el Real Decreto que crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para "acabar con el fraude en los alquileres de corta duración".
Con el nuevo sistema, los arrendadores de cualquier tipo de alquiler de corta duración -turístico o temporal- deberán obtener un número oficial de registro que acredite que cumplen con la legalidad vigente, para poder ofertarse en plataformas online. La Ventana Única Digital entrará en vigor en julio, pero los propietarios pueden solicitar el registro de sus viviendas desde el 2 de enero de 2025.
Relacionado