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Limitan las visitas a las residencias de mayores en la región para frenar el repunte de contagios

Se podrán realizar dos días a la semana y en el exterior. Estas medidas serán revisadas quincenalmente en función de la evolución de la situación epidemiológica

06/08/2021 Toledodiario

Visita en una residencia de ancianos en Castilla-La Mancha / Foto: UGT Castilla-La Mancha

Ya ha entrado en vigor una nueva resolución de la Consejería de Bienestar Social por la que se limitan visitas a las residencias de mayores Castilla-La Mancha dos días a la semana para frenar el repunte de casos de coronavirus en estos centros socio-sanitarios. Según los últimos datos de la Dirección General de Salud Pública, son 20 los centros que tienen casos confirmados de positivo por coronavirus entre los residentes -8 de ellos en la provincia de Toledo-. Los residentes con caso confirmado son 95. Los fallecimientos acumulados de residentes de estos centros desde el inicio de la pandemia son 2.051.

Las nuevas restricciones las publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y establece que en el caso de las visitas en las residencias de personas mayores, quedarán suspendidas para aquellas personas residentes que hayan dado positivo, que hayan estado en contacto directo con un positivo o que presenten síntomas compatibles con COVID-19.

Se mantendrán las visitas sólo para las personas que no padecen la enfermedad y preferiblemente, siempre que sea posible, la visita se realizará en el exterior o en una zona independiente lo más próxima posible a la salida habilitada para tal efecto, con mascarilla en todo momento y distancia de seguridad, cumpliendo las medidas de seguridad e higiene. Asimismo, las visitas se concertarán mediante el sistema de cita previa y quedarán limitadas a dos visitas semanales. Se llevará un registro de visitas en el que consten los datos identificativos y de contacto de la persona visitante.

Las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior. En el supuesto de no ser posible, las visitas se desarrollarán en un espacio independiente y habilitado al efecto, cercano a la entrada, minimizando las entradas y salidas a zonas comunes y respetando el aforo máximo de dicha superficie, de tal manera que la fijación del número máximo de personas dependerá de que pueda garantizarse una distancia interpersonal de un metro y medio. En el supuesto de tratarse de personas residentes que por su situación personal no pudieran desplazarse, por tratarse de personas encamadas, deberá garantizarse el acceso a través de un circuito seguro con el objeto de minimizar las entradas y salidas a zonas comunes.

En todos los casos deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto. Además, deberá señalarse de forma clara la distancia interpersonal de un metro y medio y será obligatorio el uso de mascarilla durante toda la visita.

En caso de tratarse de una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita el número de personas, incluyendo asistencia espiritual, que autorice el propio centro atendiendo a las características del mismo y tras una valoración individualizada del caso concreto. En las viviendas supervisadas, viviendas de mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de stención a personas con discapacidad grave se mantendrá el régimen regular de visitas observándose todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas y resto de medidas de prevención ante posibles contagios).

Salidas de residentes

En relación a las salidas en las residencias de personas mayores, se establece que las que sean independientes tienen permitidas las salidas en condiciones ordinarias. Además, las personas responsables de la residencia les informarán de la obligatoriedad de mantener las medidas de prevención e higiene.

La persona residente no debe presentar clínica sospechosa de COVID-19 en el momento de la salida. Aquellos casos en que se trate de salidas puntuales para asistir a consultas médicas u otros asuntos considerados de fuerza mayor, a las que podrán acudir acompañados de un familiar o persona allegada, será el familiar o persona allegada la persona responsable de cumplir con las medidas de prevención e higiene.

En caso de salida más prolongada, en el entorno en el que vayan a residir no deben existir personas que requieran aislamiento por ser caso confirmado con infección activa o caso sospechoso o personas que sean contacto estrecho y estén en situación de cuarentena. En el domicilio en el que habite durante su salida se deberán extremar las medidas de higiene y seguridad y reducir el contacto social a lo imprescindible.

Quedan suspendidas las salidas a las personas que hayan sido positivas al virus, hayan tenido contacto con persona con COVID-19, o tengan síntomas compatibles con la enfermedad. De otro lado, se establece el uso obligatorio de mascarillas para todas las personas residentes cuando se encuentren en un espacio cerrado. En otros centros residenciales de personas con discapacidad, menores, centros de atención a personas con discapacidad grave, viviendas de mayores y otros, estarán permitidas las salidas en condiciones ordinarias.

Nuevos ingresos

En cuanto a los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de personas mayores y centros de atención a personas con discapacidad grave, en todos los casos debe extremarse la vigilancia activa de síntomas compatibles con COVID-19. El centro, a través de sus Servicios de Prevención, realizará un test de antígeno a las personas que ingresen o reingresen a la residencia. Solamente se procederá a un aislamiento si la persona presenta clínica sospechosa de COVID-19, hasta la realización de las pruebas necesarias y, en caso de confirmar infección activa, se procederá a la aplicación del protocolo para el manejo de caso confirmado y se pondrá inmediatamente en conocimiento de la autoridad sanitaria para su gestión y declaración.

En cuanto al personal de atención directa, se promoverá la vacunación de aquellas personas trabajadoras de nueva incorporación o que todavía no lo hubieran hecho, comunicándolo a la autoridad sanitaria. Si la persona tiene sintomatología compatible con la enfermedad, llamará a su centro de trabajo y a su centro de salud, quien procederá con arreglo a lo dispuesto para la población general. Además, si ha tenido contacto con alguna persona con PCR positiva, igualmente acudirá a su centro de salud para comunicar la incidencia.

Para poder prevenir y controlar la enfermedad, se realizará periódicamente, en función de la incidencia acumulada en la comunidad autónoma o en la zona donde se encuentre ubicado el centro residencial, Pruebas Diagnósticas de Infección Activa (PDIA) a todas las personas trabajadoras de la residencia, cada 7 o 14 días.

Estas medidas serán revisadas quincenalmente en función de la evolución de la situación epidemiológica general y la situación particular de las residencias de personas mayores y la presente resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 20 de agosto de 2021. Contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Bienestar Social, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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Publicado en: Portada, Provincia

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