La Junta de Gobierno Local ha aprobado hoy, jueves, 2 de agosto, las bases reguladoras que regirán la convocatoria de Subvenciones a Asociaciones de Vecinos de Toledo. Ser entidades de carácter asociativo, sin ánimo de lucro, que tengan sede y ámbito de actuación en el municipio de Toledo, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Toledo y declaradas de utilidad pública, son algunos de los requisitos para poder optar a estas ayudas.
Las Asociaciones interesadas en optar a estas subvenciones deberán realizar programas y actividades que redunden en beneficio de los vecinos de la ciudad y estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, entre otros aspectos, tal y como se recoge en el documento correspondiente.
Una vez publicada la convocatoria, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial correspondiente, los interesados deberán presentar solicitud, antes del 15 de septiembre, en el Registro General del Ayuntamiento de Toledo, situado en la Plaza del Consistorio s/n 45001 Toledo, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Tal y como ha manifestado la concejal de Participación Ciudadana en el Ayuntamiento, Helena Galán, las subvenciones serán concedidas, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, no discriminación e igualdad. Este último criterio, el de igualdad, es la primera vez que se incluye en el proceso, haciendo cumplir lo acordado en el II Plan de Igualdad de Toledo. Situaciones como el interés social del proyecto y a quién va dirigida la actividad serán algunos criterios que pesarán a la hora de otorgar la subvención.
Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Valoración que estudiará las solicitudes con los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en la presente convocatoria, emitiendo informe en el que se concrete el resultado de dicha evaluación.
Una vez que se apruebe la propuesta de resolución definitiva, corresponderá a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Toledo adoptar el acuerdo por el que se resuelva el procedimiento de concesión. La resolución incluirá la relación de solicitantes a los que se concede la subvención así como la desestimación del resto de las solicitudes. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a partir de la finalización del plazo para formular las solicitudes.
La cantidad destinada a estas subvenciones, y con cargo a los créditos presupuestarios, tendrá un importe máximo de 79.735.66€, con cargo del 75% al ejercicio 2018 y el 25% restante al de 2019. Los beneficiarios de estas ayudas tendrán de plazo para justificar la subvención concedida, como fecha límite, hasta el 31 de enero de 2019.