La Justicia obliga al Ayuntamiento de Gálvez (Toledo) a convocar una Oferta Pública de Empleo (OPE) extraordinaria que incluya todas las plazas estructurales ocupadas temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2016.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) acudió a la vía judicial después de que el Pleno del Ayuntamiento, a fecha del 27 de mayo de 2022, aprobase una OPE extraordinaria de estabilización "que dejaba fuera a trabajadores que arrastraban una relación temporal con el Consistorio con anterioridad al 2016", señala el sindicato. Este hecho "incumple la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público", según explican desde CSIF.
En concreto, CSIF reclamaba la inclusión de 17 plazas como mínimo, las cuales constaban de: 1 puesto de bibliotecario/a, 3 puestos de limpieza, 3 puestos de peones socorristas, 1 puesto de recepcionista-taquillera, 3 puestos de socorristas piscina climatizada, 2 puestos monitores deportivos, 1 puesto monitor de natación, 2 puestos de monitores de tenis y 1 puesto de monitor de gimnasia para personas mayores.
La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Toledo a 27 de octubre, refleja que el Ayuntamiento no solo “está incumpliendo la normativa de estabilización de empleo”, sino que además “no tiene potestad para impedir la convocatoria de plazas estructurales que forman parte de la OPE extraordinaria de estabilización”.
CSIF celebra esta sentencia "no solo porque muestra el abuso de la temporalidad realizado por el Ayuntamiento de Gálvez, sino también una falta de respeto hacia sus propios trabajadores negándose a incluir las plazas requeridos en el proceso selectivo", puntualizan. Por último, la Central Sindical también censura la falta de negociación por parte de la Corporación local y de manera particular por el alcalde, "que ha eludido su responsabilidad con los agentes sociales y la plantilla de empleados municipales".










