El Juzgado de lo Contencioso-Administrativa nº3 de Toledo ha anulado el acuerdo para la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del personal funcionario del Ayuntamiento de Toledo, efectuada en marzo de 2021, por vulnerar la negociación colectiva tras una denuncia interpuesta por CSIF.
Así lo ha dado a conocer el sindicato, que explica que la Administración le remitió la documentación referente a la modificación de la RPT con menos de 24 horas de antelación a la celebración de la Mesa General de Negociación. El sindicato reclamó que esta propuesta de modificación fuera retirada del asunto del orden del día, ya que "no había habido tiempo material para examinarla, máxime cuando se trata de un tema complejo que requiere de un estudio detallado". "Sin embargo, se dio por ‘negociada’ y aprobada posteriormente en la Junta de 10 de marzo", agrega.
La sentencia, de 8 de septiembre, evidencia, explica CSIF, que "no se produjo una negociación real y efectiva, de acuerdo al Estatuto Básico de Empleo Público, mostrando la manifiesta falta de voluntad negociadora de la Administración, limitándose su actuación en este ámbito a una apariencia de negociación, llevada a cabo como una mera formalidad".
Informe preceptivo
Además, el Ayuntamiento no incorporó en la aprobación de la modificación los informes preceptivos de la Secretaría de la Entidad Local. De hecho, "los incorporó a posteriori una vez conocedora de la demanda y los convalidó en octubre de 2021, lo que no resulta ajustada a derecho, el Acuerdo de 10 de marzo de 2021 debió ser adoptado previa emisión de tales informes", refleja la sentencia.
El presidente de CSIF Toledo, Ángel Carvajal, subraya que es "muy grave que el Ayuntamiento actúe de esta forma, con un caciquismo desolador". "No quería negociar porque sabía perfectamente que lo que estaba haciendo era totalmente irregular. La falta de talante negociador del equipo de Gobierno ha quedado evidenciada en la sentencia, así como la impunidad con la que actúan al intentar convalidar un acto incorporando posteriormente unos informes que de sobra sabían que eran preceptivos", manifiesta.
Incremento salarial "encubierto"
Más allá de la ausencia de negociación, añade CSIF, comenzó el proceso judicial debido a que la modificación de la RPT supuso "un incremento salarial encubierto para determinados funcionarios de manera concreta y establecía el mismo complemento específico a algunas Adjuntías que a las Jefaturas de Servicio". "El Gobierno municipal abusa del concurso singularizado para ‘colocar’ a determinados funcionarios, en detrimento del concurso general de méritos", asevera el sindicato.
"La modificación de la RPT escondía realmente un cambio de denominación y el incremento de las retribuciones complementarias de los puestos ya existentes, es una forma de ‘premiar’ de manera arbitraria a determinados funcionarios por parte del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo", expone Carvajal.
El Ayuntamiento tendrá que asumir también las costas procesales -un total de 500 euros-, pero puede presentar un recurso de personal contra esta sentencia en el mismo tribunal.