La Justicia anula la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Torrijos de 2024 por "vulnerar la negociación colectiva". La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) denunciaba que en la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), durante el Acuerdo del Pleno del pasado 18 de julio, el Ayuntamiento de este municipio toledano había actuado "sin buena fe negocial".
La sentencia, del Juzgado de los Contencioso-Administrativo n.º 2 de Toledo, del diez de noviembre, ha estimado que "el Consistorio cercenó el derecho a la negociación colectiva de buena fe, al omitir de manera deliberada a los representantes sociales los informes preceptivos de la Secretaría y de la Intervención Municipales", explican desde CSIF.
Aseguran que la "ausencia de estos informes esenciales, especialmente en puntos como la creación del factor de polivalencia de los trabajadores es inadecuado para determinar una valoración objetiva e imparcial de las funciones, cayendo en la ambigüedad e imprecisión", un hecho que "impidió a los representantes sindicales articular una posición con fundamento sólido".
Por otra parte, señalan que aunque los informes eran preceptivos, "fueron confeccionados con posteridad a la negociación y además fueron desfavorables al advertir la falta de motivación de necesidad de modificación de la RPT, la ausencia de informe de crédito adecuado y suficiente, y la falta de justificación de la singularidad de los puestos".
CSIF recuerda que la negociación colectiva para modificar una RPT es un imperativo legal recogido en la Ley de Empleo Público de Castilla-La Mancha y en el Estatuto Básico del Empleado Público y censura "la mala actuación" del Ayuntamiento de Torrijos.
El Ayuntamiento de Torrijos puede recurrir esta sentencia.










