El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha desestimado el recurso de una empresa -Gesfer Eventos- contra la adjudicación del mercadillo de Navidad de Toledo situado en la plaza del Ayuntamiento.
Así lo ha decidido después de haber paralizado la adjudicación del contrato -que no impidió el desarrollo del propio mercado por la empresa que resultó adjudicataria, Balconet Operador de Mercados Temáticos-.
Gesfer recurrió esta contrato público tres detectar "irregularidades en el proceso de adjudicación", considerando que la valoración técnica que se había hecho del mismo no correspondía a las propuestas técnicas presentadas por cada aspirante.
Sin embargo, el Tribunal señala que las ofertas de las empresas y, particularmente, la de la recurrente, han sido valoradas por una Comisión Técnica formada por el director de Programas de Empleo, Escuela Taller y Restauración, por la arquitecta Municipal y por un Inspector de la Policía Local que razona los motivos por los que ha asignado las puntuaciones de acuerdo con los criterios de adjudicación sometidos a juicio de valor establecidos en los pliegos.
"El informe de valoración está suficientemente motivado en cuanto a la puntuación otorgada a la recurrente, y no se observa que incurra en error o arbitrariedad, desviación de poder, ausencia o justificación defectuosa o error material, por lo que, dentro de la discrecionalidad técnica que tiene el órgano de contratación para valorar las ofertas cuando se trata de criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor, no consideramos que exista fundamento suficiente para que deba ser corregido", asevera igualmente el Tribunal.
Por ello, desestima el recurso presentado por Gesfer para la instalación, organización, gestión y explotación del mercado navideño en la plaza del Ayuntamiento, aunque señala que "no se aprecia la concurrencia de mala fe o temeridad en la interposición del recurso por lo que no procede la imposición de la multa prevista".
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, concluye la resolución, fechada el pasado 15 de enero.