El Juzgado de lo Social Número 1 de Toledo ha reconocido el derecho de 10 trabajadores de la contrata Acciona Facility Services (AFS) a formar parte de la plantilla de LafargeHolcim como personal indefinido. Además, les reconoce una antigüedad de casi 10 años y categoría laboral. Recibirán también una media de 16.800 euros en concepto de diferencia salarial al considerar que fueron cedidos de forma "ilegal" de una empresa a otra.
La empresa LafargeHolcim, con sede en el municipio toledano de Villaluenga de la Sagra ha sido condenada al reconocer la sentencia que el contrato de prestación de servicios suscrito en 2010 entre ambas empresas era “un mero negocio interpositorio, prohibido por el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores”, mediante el que AFS ponía "ilegalmente" diez trabajadores a disposición de LafargeHolcim, señala el sindicato CCOO.
Y es que, según reconoce la sentencia, AFS solo se ocupaba de altas, nóminas, horarios, permisos, uniformes o formación, algo que debe "calificarse de elementos instrumentales, en tanto que son necesarios para intentar encubrir la cesión ilegal.”
Por este motivo, prosigue la sentencia, "se concluye que nos encontramos claramente ante una cesión ilegal de trabajadores, que se intenta encubrir o disimular tras la ficción de la existencia de un contrato de prestación de servicios entre las empresas codemandadas".
Un ahorro, solo en salarios, de 165.000 euros al año
Eso le permitía un ahorro, solo en salarios, de más de 165.000 euros cada año. Ahora, la cementera y la contrata deberán pagar mancomunadamente a cada uno de los diez trabajadores las diferencias salariales entre lo que les pagó en el último año Acciona Facility Services (AFS) y lo que les debiera haber pagado LafargeHolcim de acuerdo con su convenio colectivo. Las cantidades oscilan entre los 4.000 y los 27.000 euros, con una media de 16.800 euros.
Los trabajadores venían prestando servicios desde hace años en la fábrica de cemento de LafargeHolcim. La multinacional franco-suiza subcontrató en 2010 el “servicio de gestión integral del área de expediciones-outsourcing” con la empresa Ramel, que en 2015 dio origen a Acciona Facility Services (AFS).
La sentencia subraya que en “en la anualidad 2010/2011, los trabajadores de Acciona (antes Ramel) fueron sustituyendo paulatinamente a los trabajadores que prestaban servicios por cuenta de Lafarge en el departamento de expediciones, trabajadores éstos que formaron a los trabajadores de la contrata (…) Los demandantes, desde el inicio de la prestación de sus servicios, sin ningún tipo de prueba en contrario, pasan a formar parte de la propia estructura organizativa de la empresa LafargeHolcim, siendo la razón de su ingreso en la empresa la sustitución de los trabajadores de la misma que desempeñaban las mismas funcionas hasta entonces”.
A partir del informe emitido en enero de 2019 por la Inspección de Trabajo a instancias de CCOO, de la abundante documentación aportada por las partes y de las pruebas testificales practicadas, la magistrada considera probado que “toda la actividad desarrollada por los demandantes era dirigida de facto por el responsable de expediciones la empresa principal, del cual todos los trabajadores de AFS (incluido el jefe de equipo) recibían instrucciones sobre el trabajo realizar y al que reportaban el resultado de dicho trabajo”.
La sentencia recuerda a este respecto que la actividad cementera está regulada por una normativa que, entre otras cuestiones, impone al fabricante la responsabilidad de registrar y archivar toda “la documentación de expedición (albaranes) y etiquetado de los sacos”. Es, pues, una actividad propia de la empresa principal, que es la titular de las licencias administrativas necesarias para desarrollarla; y de, de hecho, en la planta de Villlaluenga de la Sagra, con el departamento de expediciones externalizado, el responsable seguía siendo un empleado de LafargeHolcim; y así se recoge entre los hechos probados.
También queda probado que “AFS únicamente aporta medios materiales marginales, pues la maquinaria pesada y más técnica es propiedad de Lafarge, así como las instalaciones donde se desarrollaban los servicios, los medios informáticos y la materia prima como sacos y repuestos. (…) AFS no aporta ningún ‘plus relevante’, ni elementos materiales sustanciales, ni conocimientos técnicos especializados, ni una organización propia y compleja de los servicios prestados”
“Nos encontramos”, concluye, “con un grupo de trabajadores desgajado de su empresa empleadora formal (AFS) e integrado funcional y orgánicamente en la estructura de LafargeHolcim.”
CCOO pide ejecución provisional de la sentencia
La magistrada deja abierta la posibilidad de recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha pero el sindicato CCOO considera que la sentencia emitida en primera instancia es “fundamentada y justa” y ha reclamado ya su ejecución provisional para que los trabajadores no tengan que esperar más tiempo para incorporarse a la plantilla de la empresa principal.
El secretario general de CCOO-Construcción y Servicios en la provincia, José Luis Cerro, ha destacado que a los trabajadores afectados “les cambiará la vida, van a ver prácticamente duplicados sus salarios mileuristas y dignificadas sus condiciones laborales”.
Agradeció “el trabajo realizado por la asesoría jurídica de CCOO, por la Inspección de trabajo de Toledo, cuyo informe previo ha sido clave; y por la propia magistrada-juez de lo Social, con una sentencia muy fundamentada".
"Un fraude a la Seguridad Social ahora que se debate sobre pensiones"
“No es la primera vez que denunciamos el gigantesco y multimillonario fraude que supone la incorrecta utilización de las empresas multiservicios en diferentes sectores, incurriendo en muchas ocasiones en cesión ilegal de trabajadores" y reconocía que conseguir sentencias en positivo "no es tan sencillo, a menudo es muy complicado distinguir entre la subcontratación legal en nuestro país y la cesión ilegal de trabajadores”, indicó el secretario de Empleo de CCOO-Toledo, Federico Pérez,
Recuerdan que la cesión ilegal de trabajadores es también "un fraude a la Seguridad Social. Ahora que existe en la sociedad el debate sobre la sostenibilidad de las pensiones, aquí tenemos un ejemplo claro de una de las prácticas fraudulentas que más influyen en la pérdida de ingresos de la Seguridad Social”.
"La problemática de las pymes y los autónomos en este país no pasa por que tengan que pagar a sus trabajadores un salario mínimo de 950 euros brutos al mes, sino por la competencia desleal que sufren por parte de estas grandes empresas que se dedican a estafar a los trabajadores"
“Esta sentencia pone de manifiesto cómo dos grandes multinacionales como LafargeHolcim, que declaró en 2019 unos beneficios de 1.320 millones de euros; y Acciona, que declaró otros 328 millones de beneficios en el mismo periodo, se han dedicado durante años a realizar un fraude millonario a las arcas de la Seguridad Social, a las arcas de las que se sustenta el sistema de pensiones”
Además, aprovechan para reflexionar sobre la reciente subida del Salario Medio Interprofesional. "La problemática de las pymes y los autónomos en este país no pasa por que tengan que pagar a sus trabajadores un salario mínimo de 950 euros brutos al mes, sino por la competencia desleal que sufren por parte de estas grandes empresas que se dedican a estafar a los trabajadores, reduciendo ostensible y fraudulentamente sus costes laborales haciendo imposible la competencia al pequeño empresario que cumple con la legalidad y está al corriente de pago de sus obligaciones".