
Vista de Toledo desde la carretera del Valle
Desde este jueves 26 de noviembre, las medidas implantadas en la ciudad de Toledo por la evolución de la pandemia de la COVID-19 rebajan al nivel 2 sus restricciones, lo que conlleva la reapertura de distintos espacios que permanecían sin actividad con las medidas de nivel 3. El interior de bares y restaurantes de la capital castellanomanchega o espacios culturales como cines, bibliotecas, teatros o museos podrán abrir de nuevo sus puertas, al menos durante los 10 próximos días, según dictamina la Resolución de la Delegación Provincial de Sanidad que publica este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM). De esta manera, el Teatro de Rojas o el Museo del Ejército son algunos de los que ya han avanzado su reapertura.
La alcaldesa, Milagros Tolón, fue quien anunció la supresión de las restricciones de nivel 3 este miércoles en la ciudad tres semanas después de que la autoridad sanitaria decidiera implantarlas debido a la elevada tasa de contagios que se ha dado en las últimas fechas. En concreto, en este mes de noviembre los datos reflejaban que durante las semanas epidemiológicas 45 y 46 (del 2 al 8 y del 9 al 15 de noviembre, respectivamente) la ciudad había registrado un total de 557 casos entre las semanas (329+228), lo que supone una tasa de incidencia acumulada en 14 días de 656,27 casos/100.000 habitantes, cifra que ha descendido -de manera provisional- notablemente en la 47 (del 16 al 22 de noviembre), con 104 casos y una tasa semanal de 122,5 casos/100.000 habitantes.
Unos datos que han conllevado a aplicar las medidas de nivel 2, las mismas que hay implantadas en el resto de municipios de la región que no está en nivel 3, pero que “en ningún caso debe suponer una relajación en el compromiso de seguir cumpliendo todas las medidas que nos marca la autoridad sanitaria”, subrayó la alcaldesa.

Medidas de nivel 2
- Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
- Supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.
- Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
- Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
- En el interior de establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 50% del establecido.
Bodas, bautizos y otros eventos
- Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
- Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.
Cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos
- Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo máximo al 30%. Bibliotecas y Museos limitarán su aforo máximo al 30 %.
Centros socio-sanitarios
- En cuanto a los centros socio-sanitarios, se suspende de forma cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.
- Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
- No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
- En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
- Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Entierros y velatorios
- Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.
Deporte
- Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
- Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.
- En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 % en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores.
Cursos, congresos
- Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50% del aforo máximo permitido.
- Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
Mercadillos, supermercados y centros comerciales
- Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
- En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
- Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Parques, ocio y reuniones fuera del grupo de convivencia estable
- Cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.
- Asimismo, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
- Asimismo, se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.