La Federación de Enseñanza de CCOO Toledo ha registrado un escrito en la Delegación Provincial de Educación manifestando su "disconformidad" y trasladando "el malestar" de la comunidad educativa de la ciudad de Toledo ante "la imposición" del presidente del Consejo Escolar Municipal y concejal de Educación, Daniel Morcillo, de las dos festividades locales del calendario escolar para este curso: el 23 de enero y el 26 de noviembre.
El primer festivo se elije por el día de San Ildefonso, patrón de la ciudad, y el segundo ha cambiado este año, pues suele ser el Lunes de Pascua. El motivo de esta modificación, aprobada en Junta de Gobierno Local -por parte de PP y Vox-, se debe a la conmemoración del 40 aniversario de Toledo como Ciudad Patrimonio de la Humanidad, un hecho que se produjo el 26 de noviembre de 1986.
Esta situación, según el sindicato, contradice la Orden 87/2025, de 4 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2025/2026, y los criterios y el procedimiento para la elaboración de los calendarios escolares provinciales en enseñanzas no universitarias de la comunidad de Castilla-La Mancha, en su artículo 4, relativo a días no lectivos.
Teniendo en cuenta los dos festivos fijados, la comunidad educativa de la ciudad de Toledo, apunta CCOO, está en "un agravio comparativo" con el resto de localidades de la provincia, puesto que "solo va a disfrutar de una festividad local en el actual curso escolar, contradiciendo la citada orden".
Los centros educativos se están poniendo en contacto con CCOO para trasladar sus quejas por esta situación por la que este curso escolar en la ciudad de Toledo se disfrutaría de un festivo local menos.
Por ello, la Federación de Enseñanza de CCOO Toledo pide que se "rectifique" la segunda festividad local del 26 de noviembre (esta fecha corresponde al curso 26/27) y se incluya ésta dentro del calendario escolar del presente curso.
O bien, en su defecto, el curso escolar finalice un día antes teniendo en cuenta que la citada Orden 87/2025, de 4 de junio, recoge que en el caso de que los ayuntamientos no presenten la propuesta en plazo o si ésta no reúne los requisitos establecidos en el apartado 2, los centros educativos de las localidades afectadas podrán finalizar su actividad lectiva un día antes del final de curso, o dos si son ambas las festividades locales objeto de cambio. "En estos casos no será necesaria la solicitud del Ayuntamiento".









