El alcalde del PSOE de Recas, Eliseo Ocaña, y cinco exconcejales que formaban parte de la anterior Corporación de este municipio toledano han sido absueltos por la Audiencia Provincial de Toledo tras el juicio haber sido acusados de prevaricación administrativa por la Fiscalía y por la anterior alcaldesa del PP, Laura Fernández, y otra concejala de su etapa de gobierno.
La antecesora de Ocaña había interpuesto una denuncia contra Ocaña y otros cinco exconcejales que aprobaron en un pleno municipal el año 2018 suprimir el sueldo de ella y otra edil 'popular'. La Fiscalía indicó en su escrito de acusación que todos los acusados sabían que dicho acuerdo "era ilegal", por lo que solicitaba una pena de 11 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, así como para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Toledo apunta en esta nueva sentencia, fechada este 19 de febrero y recurrible durante los próximos diez días al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), que en base al principio de 'in dubio pro reo' -una locución latina que explica que en caso de duda de, por ejemplo, por insuficiencia probatoria, se absuelve al acusado-, "no puede afirmarse con certeza y más allá de toda duda razonable la comisión por los acusados del delito de prevaricación administrativa".
Tal y como informaron los acusados en sus testimonios, y así se recoge en la sentencia, "el Secretario del Ayuntamiento no puso ningún reparo, ni tomó la palabra, para hacer alegación alguna acerca de la ilegalidad del acuerdo, o de la forma de introducirlo en la sesión por la vía de urgencia". Tampoco pusieron objeciones "la alcaldesa ni los concejales afectados, ni en esa sesión ni posteriormente", tal y como apunta la sentencia consultada por Toledodiario.es.
En esta resolución judicial, la Audiencia recuerda que el acuerdo plenario para suprimir la dedicación parcial y el sueldo de la exalcaldesa del PP y otra concejala era ilegal y contrario al ordenamiento jurídico, tal y como ya dictaminó una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Toledo, que se conoció en agosto de 2020 y que anuló dicha moción.
Tras las pruebas practicadas, entre las que se incluyen varios interrogatorios y todos los acuerdos adoptados en el Ayuntamiento referentes al caso, la Audiencia Provincial señala que no puede concluir que "concurran todos y cada uno de los requisitos precisos para incardinar la conducta de los acusados en el delito de prevaricación administrativa". Todos ellos introdujeron "por vía de urgencia la moción para adoptar el acuerdo de supresión de los sueldos y dietas por la mala gestión de la alcaldesa, que no cumpliría sus funciones", según recoge la sentencia absolutoria.
Además, apunta que los propios denunciantes, tanto la alcaldesa en el momento como concejales de su equipo de gobierno, señalaron "la enemistad y alto grado de conflictividad existente entonces entre el equipo de gobierno y la oposición. "Vinieron a decir que el motivo de la adopción del acuerdo de supresión de sus emolumentos fue para hacerles daño a nivel personal, puesto que no obtenían ningún beneficio político, existiendo otras vías para cuestionar la gestión y decisiones de la alcaldesa y del equipo de gobierno", recoge no obstante la sentencia.